
El 29 de diciembre de 2018 se publicó la Ley 11/2018 sobre información no financiera y diversidad, representando un marco legal para el reporte de informaciones de carácter social y ambiental para las empresas.
El Estado de Información No Financiera o también llamado informe de sostenibilidad, es de presentación obligatoria para:
- Empresas con número superior a 500 empleados;
- Empresas que sean entidades de interés público (según criterios definidos en el Real Decreto 877/2015) que cumplan con, al menos, dos de los siguientes requisitos:
- Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000€.
- Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000€.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.
Processos/Etapas
Para el desarrollo del reporte de información no financiera, primeramente, es fundamental la definición del alcance, delimitando qué sociedades serán consideradas. Posteriormente, se definirán los contenidos a desarrollar.
La Ley presenta algunos contenidos, pero también, menciona la posibilidad del uso de otras metodologías, entre ellas:
- Sistema de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS), adaptado al ordenamiento jurídico a través del Real Decreto 239/2013, de 5 de abril;
- Marcos internacionales como:
- El Pacto Mundial de las Naciones Unidas
- Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas
- El Acuerdo de París sobre cambio climático
- El marco de las Naciones Unidas para «proteger, respetar y remediar»
- Las Líneas Directrices de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE)
- La norma (ISO) 26000 de la Organización Internacional de Normalización
- La norma (SA) 8000 de la Responsabilidad Social Internacional
- La Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la Organización Internacional del Trabajo
- La Iniciativa Mundial de Presentación de Informes de Sostenibilidad del GRI (GRI Sustainability Reporting Standards)
- Otros marcos internacionales reconocidos.
Después de la definición de la información que se trabaja en el informe, es fundamental una redacción muy clara para que los datos sean transparentes y comprendidos por diferentes públicos, y deberá estar disponible de forma gratuita y fácilmente accesible en el sitio web de la empresa por al menos cinco años, según prevé la Ley 11/2018.
El reporte tiene que pasar por una verificación externa y debe unirse a las cuentas anuales, ser depositado en el Registro Mercantil, hasta un mes de su aprobación y publicado en la página web, hasta los seis meses.
Contenidos
Entre los contenidos que debe contemplar el reporte están la descripción del modelo de negocio, las políticas que aplica el grupo, los resultados y riesgos y demás indicadores clave de resultados no financieros.
Los datos deben seguir los marcos relacionados con materia para que puedan ser comparados entre sectores y a lo largo del tiempo, pudiendo basarse, para ello, en las directrices de la Unión Europea o los indicadores del Global Reporting Initiative (GRI).
Además, se solicitan datos ambientales (economía circular, contaminación, consumo de agua, huella de carbono y protección de la biodiversidad) y datos sociales (datos relacionados con los trabajadores, relacionados con edad, igualdad de género, condiciones de seguridad, accesibilidad y formación).
También información relacionada con la lucha contra la corrupción, los derechos humanos, el compromiso con el desarrollo sostenible, criterios para selección de proveedores con bases ambientales y sociales, seguridad de los consumidores y política de reclamación e información fiscal.